martes, 18 de octubre de 2016

REAGRUPACIÓN FAMILIAR EXTRANJEROS ALICANTE


ABOGADOS DE EXTRANJERÍA EN ALICANTE
Avd. Maisonnave, 41, 1º G
03003 - Alicante
tlf. 650594446




AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR



Deben solicitarla los extranjeros autorizados a residir en España que quieran traer a familiares a residir con ellos en España.
 
El extranjero que solicite reagrupar a algún familiar debe llevar residiendo legalmente en España un año y haber solicitado ya otra autorización para seguir residiendo por lo menos otro año. Para la reagrupación familiar de ascendientes deberá contar con una autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE concedida en España.

La autorización de residencia por reagrupación familiar de la que sean titulares el cónyuge, la pareja y los hijos en edad laboral: habilita para trabajar por cuenta ajena o propia sin necesidad de ningún trámite administrativo